La defensora del Pueblo no considera que el Real decreto ley 20/2011 vulnere la autonomía universitaria

Escudo de la Universidad de Barcelona
Escudo de la Universidad de Barcelona
(04/05/2012)

La Universidad de Barcelona, al no estar legitimada para hacerlo directamente, de acuerdo con la Ley orgánica del Tribunal Constitucional, pidió a la defensora del Pueblo, María Luisa Cava de Llano, que presentara recurso de inconstitucionalidad contra el Real decreto ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, porque entiende que la prohibición del nombramiento o la contratación de nuevo personal durante este ejercicio presupuestario invade el derecho fundamental a la autonomía universitaria, por el hecho de que el Estado se atribuye funciones, tanto de autoorganización como académicas, relativas a las necesidades docentes e investigadoras, que corresponden exclusivamente a las universidades.

Escudo de la Universidad de Barcelona
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04/05/2012

La Universidad de Barcelona, al no estar legitimada para hacerlo directamente, de acuerdo con la Ley orgánica del Tribunal Constitucional, pidió a la defensora del Pueblo, María Luisa Cava de Llano, que presentara recurso de inconstitucionalidad contra el Real decreto ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, porque entiende que la prohibición del nombramiento o la contratación de nuevo personal durante este ejercicio presupuestario invade el derecho fundamental a la autonomía universitaria, por el hecho de que el Estado se atribuye funciones, tanto de autoorganización como académicas, relativas a las necesidades docentes e investigadoras, que corresponden exclusivamente a las universidades.

La defensora del Pueblo ha resuelto no interponer el recurso de inconstitucionalidad ya que, tras analizar las alegaciones efectuadas por la UB en su petición, y a pesar de que admite que «del examen de estos preceptos no resulta fácil determinar en qué medida inciden en el contenido esencial del derecho a la autonomía universitaria», también tiene en cuenta que el Real decreto ley 20/2011 solo «limita temporalmente la contratación de personal, y lo condiciona a las previsiones presupuestarias», por lo que entiende que no afecta al núcleo de este derecho fundamental.

El Rectorado de la UB no comparte dicha decisión, si bien la respeta, y considera que el hecho de que el Tribunal Constitucional no haya podido conocer la argumentación de la Universidad supone una limitación que afecta de manera directa e indirecta al buen funcionamiento del servicio público de la educación superior. En consecuencia, se seguirán buscando las vías que lo legitimen en su defensa y que preserven la autonomía universitaria.