Comisión de Igualdad

  1. Velar por el cumplimiento de la legislación vigente en materia de igualdad efectiva y no discriminación de forma que mujeres, hombres, lesbianas, gays, bisexuales, transgèneres e intersexuales suban hacer efectivo el derecho a la igualdad y a la no discriminación.
  2. Velar por el cumplimiento del principio de igualdad de trato y de oportunidades en todos los ámbitos de la vida universitaria.
  3. Impulsar y supervisar políticas universitarias de prevención y respuesta ante las posibles actuaciones discriminatorias por razón de género y de identidad sexual.
  4. Impulsar y supervisar políticas universitarias de prevención y respuesta ante las posibles actuaciones discriminatorias por razón de religión, edad, raza, origen, opinión o cualquier otro condición o circunstancia personal o social.
  5. Impulsar y supervisar políticas universitarias transversales de prevención y respuesta ante posibles situaciones de violencia de género, con especial atención al acoso sexual.
  6. Promover la sensibilización y formación de la comunidad universitaria en los diferentes ámbitos en los que se tiene que desarrollar el principio de igualdad.
  7. Promover la incorporación de la perspectiva de género a la docencia y en la investigación.
  8. Impulsar actuaciones estratégicas en materia de políticas de igualdad que ayuden a prevenir y, en su caso, erradicar, posibles abusos de poder que se expresan en forma de conductas que vulneran los principios de igualdad de género y de no discriminación.
  9. Informar y asesorar los órganos de gobierno, servicios y unidades en materia de igualdad de género y no discriminación.
  10. Coordinar la preparación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de igualdad de la Universidad. Así como aprobar el Plan de igualdad, con carácter previo a su aprobación por el Consejo de Gobierno.
  11. Promover mecanismos que permitan el trabajo conjunto con las Comisiones de igualdad de Centro y las unidades y servicios de la Universidad que tienen que trabajar plegadas para poder mejorar la materialización del principio de igualdad en la Universidad.
  12. Impulsar relaciones de colaboración con otras Universidades, Entidades sociales, Administraciones públicas, Empresas, Colegios profesionales, Sindicados, Medios de comunicación y otros organismos en la medida que tengan entre sus objetivos de acción incrementar la efectividad del principio de igualdad.
  13. Diseñar estrategias y acciones comunicativas dirigidas a la comunidad universitaria sobre el desarrollo de proyectos y actuaciones en materia de igualdad y no discriminación.
  1. Velar por el cumplimiento de la legislación vigente en materia de igualdad efectiva y no discriminación de forma que mujeres, hombres, lesbianas, gays, bisexuales, transgèneres e intersexuales suban hacer efectivo el derecho a la igualdad y a la no discriminación.
  2. Velar por el cumplimiento del principio de igualdad de trato y de oportunidades en todos los ámbitos de la vida universitaria.
  3. Impulsar y supervisar políticas universitarias de prevención y respuesta ante las posibles actuaciones discriminatorias por razón de género y de identidad sexual.
  4. Impulsar y supervisar políticas universitarias de prevención y respuesta ante las posibles actuaciones discriminatorias por razón de religión, edad, raza, origen, opinión o cualquier otro condición o circunstancia personal o social.
  5. Impulsar y supervisar políticas universitarias transversales de prevención y respuesta ante posibles situaciones de violencia de género, con especial atención al acoso sexual.
  6. Promover la sensibilización y formación de la comunidad universitaria en los diferentes ámbitos en los que se tiene que desarrollar el principio de igualdad.
  7. Promover la incorporación de la perspectiva de género a la docencia y en la investigación.
  8. Impulsar actuaciones estratégicas en materia de políticas de igualdad que ayuden a prevenir y, en su caso, erradicar, posibles abusos de poder que se expresan en forma de conductas que vulneran los principios de igualdad de género y de no discriminación.
  9. Informar y asesorar los órganos de gobierno, servicios y unidades en materia de igualdad de género y no discriminación.
  10. Coordinar la preparación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de igualdad de la Universidad. Así como aprobar el Plan de igualdad, con carácter previo a su aprobación por el Consejo de Gobierno.
  11. Promover mecanismos que permitan el trabajo conjunto con las Comisiones de igualdad de Centro y las unidades y servicios de la Universidad que tienen que trabajar plegadas para poder mejorar la materialización del principio de igualdad en la Universidad.
  12. Impulsar relaciones de colaboración con otras Universidades, Entidades sociales, Administraciones públicas, Empresas, Colegios profesionales, Sindicados, Medios de comunicación y otros organismos en la medida que tengan entre sus objetivos de acción incrementar la efectividad del principio de igualdad.
  13. Diseñar estrategias y acciones comunicativas dirigidas a la comunidad universitaria sobre el desarrollo de proyectos y actuaciones en materia de igualdad y no discriminación.