De forma general, la evaluación del logro de los aprendizajes con relación a las competencias propias de una asignatura puede ser continuada o única, veáis: Normativa reguladora de los planes docentes de las asignaturas y de la evaluación y la calificación de los aprendizajes (aprobada por Consejo de Gobierno en fecha 8 de mayo de 2012).
La evaluación continuada incorpora las diversas evidencias indicadas en el plan docente de la asignatura, que se recogen de manera progresiva e integrada a lo largo del proceso de enseñanza-aprendizaje. Es el sistema de evaluación preferible y el mayoritario.
Además del detalle de la evaluación continuada, el plan docente también incluye las características de la evaluación única, reconocida como un derecho del estudiante que, al ejercerlo, renuncia a la evaluación continuada.
Finalizado el periodo de evaluación continuada y evaluación única, y después de la publicación de las calificaciones finales, se abre un periodo de revaluación.
Cada profesor/a establece las diversas modalidades de evaluación posibles. La evaluación se basa en el sistema europeo, con evaluación continúa, con la presentación de varios trabajos y pruebas a lo largo del curso (exámenes, trabajos individuales y en grupo, ejercicios, etc.). La asistencia en las clases es generalmente obligatoria. Si bien cada profesor podrá indicar fórmulas específicas, hay que asistir como mínimo a un 75% de las clases (incluyente tutorías y actividades prácticas) de cada asignatura.
Para mayor información recomendamos consultar los planes docentes peritnents a cada asignatura.
