Representación de estudiantes
La Universidad de Barcelona, para el desarrollo efectivo y eficaz de sus misiones, cuenta con unos órganos representativos de los distintos colectivos que forman parte de la Universidad, con diferentes atribuciones cada uno y regulados a través del Estatuto de la UB.
La participación del colectivo de los estudiantes es muy importante para el funcionamiento de los distintos órganos de gobierno colegiados y de gestión de la Universidad. La elección de sus representantes se rige por la normativa electoral de este colectivo (Reglamento de elecciones a órganos colegiados y de referéndums del alumnado de la UB, aprobado por el Plenario del Consejo del Alumnado de 21 de junio de 2012 y por el Claustro Universitario de 12 de julio de 2012).
Por lo que respecta a las Facultades, los órganos colegiados en los que tienen representación los estudiantes son la Junta de Facultad, los consejos de estudios y los consejos de departamento.
El Reglamento de la Facultad de Derecho, en su última versión aprobada por la Junta de Facultad de 21 de julio de 2015 y ratificada por acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de diciembre de 2015, prevé el porcentaje de representación de cada uno de los colectivos. Respecto a la Junta de la Facultad de Derecho, un 30 % de sus miembros son estudiantes, incluidos los de doctorado. Además, los estudiantes tienen representación en las diferentes Comisiones delegadas de la Junta de la Facultad. Así, por ejemplo, la Comisión Académica está integrada por un número de estudiantes equivalente al 30 % del total de miembros de la Comisión.
En cada Consejo de Estudios de la Facultad hay una representación del alumnado matriculado en la enseñanza en número igual a la representación del profesorado miembro del Consejo. Asimismo, en los Consejos de Departamento hay una representación del alumnado de las enseñanzas de todos los niveles docentes, según se prevé en los reglamentos de cada uno de los departamentos de la Facultad de Derecho.
